• Programa aplicativo a utilizar:
A fin de cumplir con las obligaciones relativas al período fiscal 2007, debe utilizarse el programa aplicativo “Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales – Versión 9.0”.
Dicho programa estará disponible en la página web de la AFIP a partir del 19 de marzo próximo.
La declaración jurada que se genere con el citado programa deberá ser presentada únicamente por internet, con las siguientes modalidades:
- utilizando la clave fiscal o,
- con clave bancaria, ingresando a tales efectos a las páginas de los bancos habilitados.
• Empleados en relación de dependencia:
A) Bienes Personales:
- Se incrementa de $ 72.000 a $ 96.000 el monto de las remuneraciones percibidas a partir del cual los empleados en relación de dependencia deberán realizar la presentación de la dd.jj. correspondiente al impuesto.
- Si los bienes valuados no superan los $ 305.000 – de acuerdo con la normativa vigente – podrán presentar la dd.jj. del período fiscal 2007, hasta el 30/06/2008, excepto que determinen impuesto a ingresar.
B) Ganancias – Opción:
- Los empleados que perciban remuneraciones brutas anuales por un valor igual o superior a $ 144.000, provenientes exclusivamente del trabajo desarrollado en relación de dependencia, jubilaciones o pensiones, podrán cumplir con la obligación correspondiente al impuesto a las ganancias vía Internet, utilizando el servicio con clave fiscal denominado “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas”, el que estará disponible a partir del 19 de marzo próximo.
- En el supuesto comentado precedentemente, la presentación de Bienes Personales deberá realizarse utilizando el aplicativo “Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales – Versión 9.0”.
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