Durante el mes de Junio de cada año, los trabajadores autónomos deben proceder a recategorizarse según los ingresos brutos que hayan obtenido durante el año anterior (R.G. 2217, art.24).
El trámite se realiza por Internet en la página de la AFIP, mediante la aplicación "Sistema Registral".-
Vea aqui una PRESENTACION de las características del Sistema:
No hay comentarios:
Publicar un comentario