La Resolución General Nº2746 en su artículo 14, instituye la obligación de presentar una Declaración Jurada cuatrimestral:
"Asimismo, a la finalización de cada cuatrimestre calendario el pequeño contribuyente estará obligado a presentar una declaración jurada informativa en la forma, plazos y condiciones que oportunamente establecerá este Organismo, en la cual deberá consignar, entre otros, los datos que respecto de cada concepto se indican a continuación:
a) Consumo de energía eléctrica: número del medidor y denominación del prestador del servicio.
b) Local o establecimiento: datos del propietario, nomenclatura catastral del inmueble afectado o locatario (datos del locador y fecha del timbrado del contrato de locación)."
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