Convenio Multilateral: Es necesario una urgente adecuación

El Convenio Multilateral permite que se distribuya con equidad las bases imponibles de los impuestos sobre los ingresos brutos. El Convenio vigente data desde el 18/08/1977. En el año 1998 la ciudad de Buenos Aires no aceptó las reformas del Convenio.

El objetivo del Convenio es que el sistema tributario no grave doblemente a un contribuyente.

La Comisión Arbitral es el instituto que resuelve sobre las cuestiones del Convenio Multilateral.

Los ingresos deben ser atribuibles al lugar de concertación de la operación, sin embargo, estos criterios han ido mutando a través del tiempo.

Además, las nuevas formas de negocio hacen compleja la asignación de las bases imponibles. Estas distorsiones requieren un tratamiento urgente en la normativa.

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