Mediante la R.G. 2927, la AFIP acaba de consagrar el procedimiento a aplicar para determinar las presunciones sobre relaciones laborales no registradas.
Esta herramienta permite que la AFIP presumirá que hay relación laboral cuando compruebe la prestación de servicios de cualquier persona, habilitándola, además, a calcular e intimar el igreso de los aportes y contribuciones debidos por esa relación laboral comprobada.
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